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Errores, (ultra)correctores y normas: un círculo vicioso (y 2)

Errores, (ultra)correctores y normas: un círculo vicioso (y 2)

A raíz de la entrada de ayer nos ha llegado esta información también relacionada con deslices del académico Diccionario panhispánico de dudas (DPD) en relación con el español tico (de Costa Rica).


El DPD, en la voz incautar(se), dice lo siguiente:


incautar(se).1. Dicho de una autoridad, ‘apoderarse de bienes relacionados con actividades delictivas’. Se acentúa como causar (→ apéndice 1, n.º 10).

2. En el habla culta se usa preferentemente como intransitivo pronominal, con un complemento de régimen introducido por de: «La policía también se incautó de un helicóptero» (Nación [C. Rica] 12.9.96). No obstante, por influjo de verbos sinónimos como confiscar o decomisar, hoy es frecuente, y se considera válido, su uso como transitivo: «Les incautaron tres dosis de cocaína» (Mundo [Esp.] 5.10.95).


La cita del diario La Nación, de Costa Rica, donde se registra el uso pronominal de incautarse, procede del Corpus del Español Actual de la RAE (CREA). Para la forma, tiempo y régimen verbal citado (se incautó de), el CREA muestra 40 coincidencias (casos) en 34 documentos. Según las estadísticas que proporciona el CREA, estos son su distribución geográfica porcentual y el número de casos registrados por país:


País                      %          Casos
ESPAÑA             67,50       27
VENEZUELA     15,00        6
EE. UU.                7,50        3
PARAGUAY       5,00         2
COSTA RICA     2,50          1
PUERTO RICO   2,50         1


Como se ve, sólo uno pertenece a Costa Rica y es justamente el que aparece en el texto del diario La Nación citado por el DPD.


Haciendo una búsqueda más amplia (se incautó, sin la preposición de) el CREA da 79 casos en 70 documentos.


Esta es su distribución geográfica porcentual y el número de casos registrados por país:


País                     %          Casos
ESPAÑA            62,82        49
VENEZUELA    10,25          8
EE. UU.               6,41          5
BOLIVIA            5,12           4
COSTA RICA     2,56          2
GUATEMALA   2,56          2
PARAGUAY      2,56          2
PERÚ                  2,56         2
ARGENTINA    1,28          1
Otros                   3,84         3


Como se ve, hay sólo dos casos para Costa Rica (ambos de 1996, por cierto), uno de los cuales es el que ha servido al DPD para ilustrar el uso intransitivo pronominal de incautar: incautarse. Ambos (o sendos, como diría Javier Marías) corresponden a la misma cabecera: La Nación.


Como se ve también, este uso es mucho más frecuente en España (62,82 %) e incluso (aunque menos) en Venezuela (10,25 %) , Estados Unidos (6,41 %) y Bolivia (5,12 %) que en Costa Rica (2,56 %) . ¿Cómo es entonces que el DPD toma el ejemplo costarricense para certificar este uso, habiendo otros lugares donde es mucho más habitual en el registro escrito (no sabemos si en el habla culta, que es otra cosa)? Hay varias hipótesis explicativas:


1) Que tal vez esta forma no es ciertamente muy usual en Costa Rica, pero el DPD, en su afán panhispánico, utiliza la cita de La Nación para no tener que utilizar la de la zona donde el uso intransitivo pronominal de incautar está comprobadamente extendido: España.


2) Que tal vez este uso es general en el registro escrito de Costa Rica, pero el CREA, que contiene sólo un 50 % de fuentes americanas frente a un 50 % de fuentes españolas (cuando la distribución de hablantes de castellano es de 10 % en España y 90 % en América) no basta para testimoniar esa extensión en los medios ticos.


3) Que el diario La Nación no es un reflejo fidedigno del uso tico, ni escrito ni oral, y no es por tanto una fuente fiable; a pesar de lo cual la RAE y la Asale lo han usado para ilustrar la extensión del empleo de incautarse de sin contrastarlo con otros textos del país o con expertos del español tico.


¿Cuál creen nuestros lectores que es la hipótesis acertada?


Cómo no: la 3. Según los expertos consultados sobre el español en Costa Rica, también conocedores de la historia reciente de su prensa nacional, la forma intransitiva pronominal de incautar es desconocida en el país, tanto como lo era (según vimos ayer) guipur o agujerada. También en este caso su aparición en el diario La Nación en el año 1996 se debe a la presencia en la plantilla del periódico de un corrector de nacionalidad española que seguía como obra de referencia (al igual que tantos otros en la época) el Diccionario de dudas y dificultades de la lengua española del académico Manuel Seco, que a este respecto dice (p. 255 de la 10.ª edición, de 1998, s. v. incautarse): «Construcción: incautarse DE mercancía. Este verbo no se usa como transitivo (incautar la mercancía)».


Si algún lector tiene detectados más casos de involuntaria participación del corrector en la conformación de la nueva norma panhispánica, que nos los envíe, por favor. Hacemos colección.


 


Silvia Senz y Montse Alberte

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