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La situación actual de la norma lingüística del castellano, II: La ortografía académica

La situación actual de la norma lingüística del castellano, II: La ortografía académica

[Viene de aquí.]


2. La ortografía académica


La versión vigente de la Ortografía de la lengua española (OLE) es de 1999, aunque hubo una edición posterior en el 2000 que corrigió diversos errores de la primera (no todos).

Tiene una versión en pdf, descargable, correspondiente a la edición de 1999, pero sin los apéndices dedicados a abreviaturas, siglas y símbolos, toponimia y gentilicios, y sin el índice alfabético.

Está prevista una nueva edición, con reformas y ampliaciones, sin fecha de publicación estipulada. En la presentación de la NGLE se dijo que a lo largo del 2010 se esperaba aprobar el nuevo redactado.

Hay algunos avances a la nueva norma ortográfica en la Nueva gramática de la lengua española.

Según ha trascendido, la próxima ortografía académica se propone corregir errores, imprecisiones y ambigüedades de la edición actual, ampliar su contenido ortotipográfico (pese a carecer de especialistas en esta materia y a no haberse aventurado en ella con muy buen tino ni en la Ortografía ni en el DPD), incluir una lista de abreviaturas SMS, y revertir una novedad normativa de la edición vigente (1999). Esta es:

A efectos de tildación, la Ortografía de 1999 pasó a considerar diptongos aquellas palabras donde se dieran combinaciones de dos vocales:

una abierta tónica (/á/, /é/, /ó/) + una cerrada átona: (/u/, /i/), en el orden que sea; p. ej.: guión > guion; truhán > truhan;

o dos vocales cerradas (u, i) distintas, una de ellas tónica y la otra átona; p. ej.: pié > pie; huí > hui.


La consideración normativa preferente como diptongos afectaba a estos grupos vocálicos incluso en los casos en que se percibieran y se pronunciaran mayoritariamente como hiatos en el mundo hispánico.

Y pasó a considerar triptongos aquellas palabras donde se dieran combinaciones de tres vocales:

una abierta tónica (/á/, /é/, /ó/) y las otras dos cerradas y átonas (/u/, /i/); p. ej.: friáis > friais; liéis > lieis.


La consideración normativa preferente como triptongos afectaba a estos grupos vocálicos incluso en los casos en que se percibieran y se pronunciaran mayoritariamente como hiatos en el mundo hispánico.

Como consecuencia, ciertas voces bisílabas donde aparecen estos grupos vocálicos pasaron a recibir preferentemente el tratamiento acentual de los monosílabos, aunque también se permitió seguir tratándolos como bisílabos; seguir una opción de tildación u otra quedaba a elección del hablante.

La norma afectaba a las palabras: crie, crio, criais, crieis (de criar); fie, fio, fiais, fieis (de fiar); flui, fluis (de fluir); frio, friais (de freír); frui, fruis (de fruir); guie, guio, guiais, guieis (de guiar); hui, huis (de huir); lie, lio, liais, lieis (de liar); pie, pio, piais, pieis (de piar); rio, riais (de reír); los sustantivos guion, ion, muon, pion, prion, ruan y truhan; y, entre los nombres propios, Ruan y Sion. En la conjugación que da el DRAE en línea de aquellos verbos algunas que cuyas formas se vieron afectadas por esta novedad normativa sólo se da el tratamiento acentual como voces monosílabas, para confusión del usuario, a pesar de estar permitidas las dos tildaciones: como formas bisílabas o como formas monosílabas.

Dados los problemas a que ha dado lugar esta norma (uso vacilante, formación de homógrafos...), se ha anunciado que esta norma se revertirá en la nueva Ortografía.


En el DRAE se encuentra también la grafía normativa de las palabras registradas.


En el DPD se da también el siguiente contenido ortográfico:

Letras del abecedario y sonidos que representan.

Uso de la tilde.

Palabras con doble acentuación admitida.

Palabras de acentuación dudosa o frecuentemente errónea.

Verbos que plantean dudas sobre la acentuación de algunas de las formas de su conjugación.

Palabras con variantes gráficas admitidas.

Vulgarismos gráficos frecuentes.

Voces o locuciones que admiten o rechazan su escritura en una o en varias palabras.

Uso de los signos ortográficos.

Uso de mayúsculas y minúsculas.

Escritura y uso de abreviaturas, siglas y símbolos.

Escritura y uso de las distintas clases de numerales (cardinales, ordinales, fraccionarios y multiplicativos).

Uso de números arábigos y romanos.

Expresión de la fecha y de la hora.

Voces de forma similar, pero sentido diverso, que se confunden con frecuencia en el uso.

Neologismos.

Extranjerismos de uso corriente en español.

Topónimos y gentilicios de grafía dudosa o vacilante.


Pese a que las obras académicas nunca referencian las fuentes bibliográficas de las que beben, una parte de la normativa ortográfica presente en el DPD está tomada de la OLE académica, otra es corrección de la anterior, otra es novedosa (particularmente la que afecta a los extranjerismos, los neologismos y la toponimia) y otra se ha adaptado, con cierta arbitrariedad, a partir de la normativa que emiten organismos autorizados de normalización documental, científica y técnica, e integraciones geopolíticas (Unión Europea y Organización de Naciones Unidas), así como de las obras sobre ortografía (general y tipográfica), redacción y estilo, y dudas léxicas y gramaticales de José Martínez de Sousa y Manuel Seco, según algunos académicos han reconocido extraoficialmente.


Probablemente, a día de hoy, la codificación ortográfica sea el trabajo normativo que la RAE y la Asale realizan con menos acierto y que menos responde a las necesidades gráficas de los hablantes. Dos son las razones principales:

1) La ausencia en su seno de especialistas en ortografía, en el sentido amplio de la materia. El ninguneo académico del principal experto en este campo, José Martínez de Sousa, es tan escandaloso y absurdo como lo fuera en su momento la exclusión de María Moliner, sobre todo si se tiene en cuenta que RAE y Asale no sienten el menor pudor por utilizarlo, sin referenciarlo, en la elaboración de sus obras con contenido ortográfico.


2) El carácter secularmente escolar de la ortografía académica, que hasta hace poco la ha limitado (no por efecto de la ley, sino por desidia académica) a la regulación de aspectos gráficos que sólo afectan a la escritura manual ordinaria y, a lo sumo, a las necesidades lexicográficas de la propia Academia (en lo referente a la determinación de las letras del alfabeto).


(Continuará...)


Silvia Senz



 

1 comentario

Petúfar -

Sobre diptongos, hiatos, tildes y triptongos acosejo leer mis diálogos entre "Tilde" y "Diptongo". ¿No sería mejor abolir la regla de los monosílabos?